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¿Auditoría? Sí, pero sin prisa...

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"El fraude sistémico vulnera en las distintas fases del ciclo electoral y de muy variadas formas los derechos y principios electorales nucleares: universalidad, igualdad, libertad de sufragio, pluralidad y equidad en la competencia, derecho a un voto libre, secreto e informado y derecho a un escrutinio fidedigno".

(Isabel Menchón López, responsable de observación electoral Oficina Derechos Humanos-MAEC)


En las pasadas elecciones de Sgae, celebradas el 21 de noviembre de 2024, la candidatura liderada por el presidente de la entidad, Sr. Onetti, obtuvo una amplia mayoría que le permitió renovar su cargo y continuar con la gestión de los últimos cuatro años. Esto no es algo insólito, toda vez que no resulta infrecuente que una candidatura oficialista mantenga el poder, por supuesto. Sin embargo, algunas cuestiones previas al proceso electoral en cuestión, así como otras que tuvieron lugar durante el desarrollo de los propios comicios, hacen que tales resultados susciten algunas dudas razonables entre los votantes y, desde luego, entre las candidaturas opositoras.



Un Presidente investigado...


En primer lugar, no parece invitar a una gran confianza el hecho de que el presidente reelegido ostente la poco edificante condición de "Investigado" (lo que antes se conocía como "imputado") en el Juzgado de Instrucción número 5 de Madrid por una supuesta falsificación de votos en cuatro asambleas y en el propio proceso electoral anterior de 2020, al que debía su cargo (causa cuyo traslado a la Audiencia Nacional, a solicitud del propio Fiscal, es, por otra parte, más que probable).

Tampoco ofrece mejores perspectivas que otro imputado en la misma causa, el Sr. García Pelayo, fuese también en esta ocasión, como ya lo fuera en las anteriores, el encargado de captar votos para dicha candidatura.


Esta circunstancia, naturalmente, fue puesta en conocimiento de la Comisión Electoral (la misma, por cierto, a la que burlaron, presuntamente, en las elecciones anteriores), lo que no pareció inquietar a sus miembros ni suscitar acción alguna sobre el particular.


Tampoco el Ministerio de Cultura, responsable de supervisar a la entidad, mostró inquietud alguna (lejos de ese celo mostrado en el pasado). De hecho, su actitud fue, por el contrario, "bendecir" sorprendentemente una de las prácticas que han permitido incrementar de forma irregular los votos de la candidatura oficialista del Sr. Onetti en el Colegio de Pequeño Derecho, como veremos a continuación (y hablamos de no menos de tres mil votos, "inventados" para la ocasión y pertenecientes a un colectivo cuya representación más relevante había pactado tres o cuatro asientos en la candidatura auspiciada por el presidente).


3.000 votos (o, incluso, más) "inventados"...


Resulta particularmente relevante la decisión tomada por la Junta Directiva, a petición del Sr. Onetti, de aumentar el número de votos en el Colegio de Pequeño Derecho, como acabamos de comentar, de forma irregular, contraviniendo el límite estatutario y doblando en muchos casos el número de votos de socios que, casualmente, formaban parte de la candidatura oficialista o de su entorno. Todo ello en virtud de una "Disposición Transitoria Decimoctava" que, según establece, "por un lado, permite a los/as compositores/as del audiovisual mantener el exceso de votos profesionales hasta el final del ejercicio, haciendo valer su derecho al sufragio activo y pasivo en el Colegio de Obras de Pequeño Derecho y, por otro, no conlleva la desigualdad que supondría permitir que determinados/as miembros de SGAE, por el cambio de un Colegio Profesional a otro, pudieran consolidar mayor número de votos profesionales que el resto de los/as miembros de SGAE que, conforme al artículo 21 de los Estatutos (máximo de 20 votos permanentes y 10 temporales) los tienen topados".


Traducción:

Estos autores mantendrían sus votos audiovisuales, pero estos se utilizarían en Pequeño Derecho (donde no existían) y no en el Colegio Audiovisual, donde se generaron (y en el que la candidatura de Onetti no los necesitaba, ya que no tenía competidora). Pero, eso sí, sólo hasta el final del ejercicio (coincidiendo, casualmente, con las elecciones), no permitiendo que consoliden dichos votos, que contravienen la limitación que establece el artículo 21 de los Estatutos de Sgae, una vez utilizados para los comicios en cuestión (es decir, una vez cumplida su función en favor de la candidatura de Onetti y compañía), lo que viene a admitir que se incumpliría la norma estatutaria, pero sólo por esta vez (permitiendo que, de cara a los comicios, hubiera unos socios "privilegiados" convenientemente para los intereses del Sr. Onetti).


Para los menos informados, diremos que el Colegio de Pequeño Derecho elige a 17 de los 39 miembros de la Junta Directiva (sólo tres menos de la mayoría absoluta), lo que supone una ventaja muy importante en el colectivo más relevante en términos cuantitativos.

La S.G elude informar sobre los votos...
La Secretaria General elude informarnos sobre los votos implicados en esta maniobra...

Pese a haber sido requerida en varias ocasiones, la Secretaria General de Sgae, Sra. Beca, no ha estimado oportuno facilitarnos la información sobre el número de estos votos artificiosamente añadidos (que, en todo caso, como hemos dicho, superan los 3.000, algo que implicó que el Sr. Onetti partiese con una ventaja de tal dimensión de cara a sus intereses electorales (puesto que, como también hemos dicho, había acordado el sentido de los mismos con sus titulares, a los que ofreció una nutrida representación en su propia candidatura).



Sólo esto ya supondría una causa más que suficiente para cuestionar estos resultados ficticios, producto de una picaresca intolerable, aprobada por una asamblea en la que, como veremos posteriormente, existen, además, serias dudas respecto a la legitimidad de los votos que lo permitieron, y que se añaden a los que cuestiona ya el Juzgado Número 5 de Madrid.

Sin embargo, para estupor de muchos, los funcionarios del Ministerio de Cultura, no tuvieron el menor reparo en autorizar esta cláusula irregular (algo de lo que, seguramente, no tendrá información el propio Ministro, que haría bien en vigilar más de cerca a quienes actúan en su nombre).



¿Y otros 2.000 votos de "propina"...?


Pero eso no es todo. A los mencionados votos audiovisuales, hay que añadir otro hecho que, cuanto, menos, suscita también ciertas sospechas.

Nos referimos al llamado "Voto Social", que es el de aquellos socios de Sgae que no tienen una recaudación mínima ni una relación habitual con la entidad.

Tradicionalmente, no tenían derecho a voto (hablamos de un universo de unos 80.000 socios), hasta que se instauró la nueva norma que les daba dicho voto único. Desde su implantación, apenas una veintena de ellos lo utilizó en asambleas o comicios.


Ya resultó sorprendente que, en la pasada Asamblea General de junio de 2024 (en la que se aprobaron, casualmente, las reformas electorales propuestas por el Sr. Onetti para los comicios de noviembre de ese año, en algún caso por un margen de apenas doscientos votos), el voto de estos socios tradicionalmente tan desvinculados de la vida social ascendió a 267 votantes, de un total de 815 (es decir, un 33,87% de los votantes era de un solo voto).


Pero ese aparente nuevo interés de dichos socios, devino en un masivo interés en el caso de las pasadas elecciones, en las que más de dos mil socios con un solo voto utilizaron el sistema electrónico para participar. De ellos, 1.646 en el caso del Pequeño Derecho.


Desde luego, convendrán conmigo en que resulta difícilmente creíble este impulso participativo insólito hasta la fecha. Sobre todo, si tenemos en cuenta que una de las reformas del Sr. Onetti afectaba al voto electrónico, al que se privó de la obligatoriedad de la doble autenticación, faciltando así que pudiera votarse por un socio con sólo conocer sus claves (que constan en la entidad), sin que éste fuera informado de ello.

Naturalmente, no podemos afirmar que esto ocurriera, claro; pero sí que podría ocurrir. Y dados los precedentes que investiga la lupa judicial, no parece exigible una confianza plena en quienes ya están señalados por una presunta manipulación pretérita de los votos...


Algunas "rarezas" en el escrutinio...


Ya en la jornada electoral, se produjeron también algunas situaciones poco tranquilizadoras.


La primera se refiere a la constatación de que los operarios de la empresa que realizaba el recuento electrónico, ante un error por parte de un socio a la hora de introducir su papeleta, no tuvieron problema en anular sus votos posteriormente, eliminándolos del sistema, algo que, presumiblemente, no debería poder hacerse.

Pero se pudo, y se hizo... (con la aprobación de la mesa electoral y de la propia Notario, que no parecía muy versada en la cuestión informática).


Poco después, cuando se informó de los resultados del voto electrónico, la cifra de votos, ya escrutados, no coincidía con la dada previamente respecto de la participación (faltaban 614 votos).

Cuando lo denunciamos (pues, ni los responsables del recuento, ni la Secretaria General, Sra. Beca, ni la propia Notario se percataron de tal desajuste), hubo cierta confusión entre los responsables de la empresa informática, que se ofrecieron a comprobarlo.

Los interventores, pedimos ser testigos de tal comprobación, algo que no fue posible por otro fortuito acontecimiento: la alarma de incendios saltó, obligándonos a desalojar el Palacio de Longoria.


Alrededor de unos diez minutos más tarde, se nos autorizó a volver. Se trató de una falsa alarma. No hemos obtenido tampoco por parte de la Sra. Beca (pese a solicitarlo reiteradamente) un informe detallado de dicho incidente, más allá de que un técnico de la casa (y no de la empresa responsable de la alarma) diagnosticó la falsedad y autorizó (ignoro desde qué autoridad) nuestra vuelta al recinto, certificando nuestra seguridad sin que los responsables de la alarma investigasen el asunto (algo que no hicieron hasta el día siguiente).


Pero ya, eso sí, los técnicos informaticos de FULL CERTIFICATE, S.L (WEVOTE) habían dado con el problema de los 614 votos ausentes. Se trataba, dijeron, de VOTOS EN BLANCO, que, como no influían en candidatura alguna, no se habían incluido en el informe.

Imaginarán, supongo, nuestro estupor ante tan cándida explicación.



Solicitud de una auditoría independiente


Si a lo expuesto anteriormente, le unimos la resistencia de la Secretaria General, Marta Beca, a la hora de reflejar detalladamente en el acta los incidentes mencionados, lo que nos obligó a no firmarla, convendrán conmigo en que parecía más que justificado el solicitar una auditoría independiente (contemplada por la norma estatutaria) que garantizase la limpieza de un proceso tan cargado de incertidumbres. Sobre todo, teniendo en cuenta los antecedentes ya comentados.

Y eso es lo que hicimos, mediante correo a la Secretaria General, Sra. Beca, el día 10 de diciembre de 2024.


No recibí su respuesta hasta el 20 de diciembre.

En ella me decía textualmente:


"Estimado Sr. Fernández-Sastrón;

 

En relación con su escrito de  fecha 10 de diciembre de 2024 y, respecto a las manifestaciones realizadas a lo largo del mismo, me remito a lo acordado tanto por la Comisión Electoral como por la propia Mesa Electoral Central, cuyo contenido conoce sobradamente.

 

En cuanto a su solicitud de auditoría de la empresa FULL CERTIFICATE, S.L. (WEVOTE) en relación con el proceso de votación en las elecciones de miembros de los diferentes órganos sociales de SGAE, negando de manera rotunda la existencia de fraude electoral, le comunico que, atendiendo a su solicitud, la Junta Directiva en su sesión de 19 de diciembre de 2024, ha acordado realizar dicha auditoría, dando traslado al Ministerio de Cultura para que designe un tercero experto encargado de la realización de la misma.

 

Sin otro particular, le envío un cordial saludo",

 

Marta Beca  Peral

Secretaria General



Hoy, ya 24 de enero de 2025, más de un mes después, sigo esperando sus noticias respecto de la auditoría en cuestión.

Ignoro si el retraso se debe a la Sra. Beca, a la Junta Directiva o a la falta de diligencia ministerial, pero, lo que sí sé, es que esa "negación rotunda de fraude electoral" que argumentaba la Sra. Beca, sería muy fácil de demostrar con una auditoría que comprobase, por ejemplo, la identidad de esos votantes de un solo voto tan estimulados en esta ocasión, o los procesos informáticos de la empresa FULL CERTIFICATE, S.L (WEVOTE), responsable del proceso electoral, cuya contabilidad, como vemos en el extracto parcial a la derecha, según datos del Registro Mercantil, arroja una dependencia de Sgae nada tranquilizadora.


Pero, ya lo ven, ni unos ni otros parecen tener demasiada prisa en demostrar su legitimidad...






José Miguel Fernández Sastrón

(24 de enero de 2025)

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