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"Operación Asamblea..."

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"Lo más importante en la comunicación es escuchar lo que no se dice"

(Peter Drucker)

La Presidenta de Sgae parece dispuesta a darlo todo para conseguir los apoyos necesarios en la Asamblea Extraordinaria del próximo día 30. El talonario echa chispas, a la espera de que el Consejo de Dirección (que asumiría, una vez más, la responsabilidad) apruebe la partida de anticipos irregulares propuestos por Pilar Jurado para ganarse al colectivo de la madrugada.

El próximo 30 de enero, los socios de Sgae están llamados a una nueva Asamblea Extraordinaria, cuya finalidad teórica era la de presentar la enésima propuesta de reforma estatutaria que adecúe, de una vez, nuestra normativa interna a la legislación vigente (aunque han aprovechado para incluir otros asuntos que no son tampoco menores). Les ha costado, a la Presidenta y su Junta Directiva, convocar esta asamblea, que habían desconvocado dos veces anteriormente, temerosos de un posible fracaso asambleario (uno más), que los obligase a convocar unas elecciones anticipadas que ninguno dentro quiere, pese a saberse más que cuestionados.

Por ello, al ímprobo esfuerzo propagandístico habitual en esta etapa, fortalecido hoy con la contratación de SIGMA 2, a mayor gloria de la presidenta, pero con cargo a los socios (que pagamos la factura), se une una estrategia que, a juicio de algunos, no es que roce la ilegalidad, sino que la desborda con creces, trasladando, eso sí, la responsabilidad a un consejo de dirección que, reunido en estos momentos, sufre las presiones de una Pilar Jurado acorralada, a su vez, por un colectivo que tiene muy claras sus prioridades, que no son necesariamente coincidentes con los intereses generales de la entidad, y que no está dispuesto a "vender" barato su voto asambleario.


El muñidor de la estrategia, dicen, es el actual director de reclamaciones y asesor plenipotenciario de la presidencia, Clifton Williams, cuyo futuro está ligado al de su mentora y parece dispuesto a cualquier cosa con tal de conservar su posición. Más aún si puede hacerlo sin asumir personalmente la responsabilidad de una propuesta que pasará por el órgano de gobierno, siendo sus miembros los que deberán responder por ello, llegado el momento (que de perpetrarse el plan, llegará, que nadie lo dude).


El plan es muy sencillo y se basa, cómo no, en el manejo de la "caja", es decir, el dinero de todos los socios, puesto al servicio de los intereses de los actuales gestores (como veremos también en otro delicado asunto que pretenden endosarnos en la asamblea y del que hablaremos en una próxima entrega).

Algunos socios han recibido una llamada (en algún caso, de miembros de la actual junta), en la que se les animaba a solicitar un anticipo con cargo a sus expectativas de cara a una futurible reclamación respecto de un posible "Ajuste Televisiones TV 1S 2017", tal y como aparece en el formulario de solicitud que pueden ver en la fotografía superior. Les advertían de la imperiosa urgencia de ponerse en contacto con Clifton Williams, quien les informaría de la cantidad que pudiera corresponderles en esta "pedrea pilariana" preasamblearia. Eso sí, nada por escrito...

Algunos de ellos (que no están en el "ajo" de esta estrategia) me llamaron para comentarme esta circunstancia, algo confundidos con el procedimiento irregular de todo ello y sin tener muy claro, lógicamente, a que se referían con ese "Ajuste", que interpretaban como el pago de algún atraso. Obviamente, no se trata de ningún atraso, ya que estos se abonan en la liquidación de cada socio, sin necesidad de trámite alguno, simplemente identificando su procedencia "espacio-temporal".


¿A qué se refieren entonces con ese "Ajuste Televisiones TV 1S 2017" que justificaría su oferta de anticipos a determinados socios?


En realidad, se refieren a un posible ajuste en el reparto de diciembre de 2017 (que afecta a lo recaudado en el primer semestre de ese año), que, como recordarán los socios, se hizo aplicando la limitación a la franja de madrugada que recomendaba el Laudo de 19 de julio de 2017, dictado por la OMPI, posteriormente anulado por sentencia de 27/12/2018, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 54 de Madrid. De hecho, dicha anulación, en puridad, lo fue, no propiamente del contenido del laudo, cuestión de la que no se ocupó el juez, sino, por aspectos estrictamente formales, del acuerdo de la Junta Directiva de 7 de noviembre de 2017, que estableció esa limitación, modificando el artículo 202 bis del Reglamento de Sgae. Ello fue la causa de que dicha modificación no se aplicase ya en el siguiente reparto de junio de 2018, como medida de prevención y hasta aclarar la cuestión mediante una decisión judicial firme, para evitar, precisamente, posibles reclamaciones futuras.


El argumento utilizado es que, debido a esta decisión judicial, y solo en caso de que se produzca una sentencia firme que la confirme (de momento no la hay, ni sería prudente darla por sentado), podría requerirse una modificación de dicho reparto, ajustándolo a los criterios previos a la modificación del 202 bis que hizo la Junta Directiva de 7 de noviembre de 2017. Y, en tal caso, obviamente se produciría la reclamación por parte de aquellos socios que se hubiesen visto perjudicados en sus liquidaciones por la limitación impuesta para dicho reparto.


Pues bien, la oferta de Pilar Jurado, que hoy se somete al consejo, diseñada, según dicen, por Williams, sería que, a aquellos autores que reclamaran los efectos de la sentencia de 27 de diciembre de 2018, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 54 de Madrid, se les concedería un anticipo a cuenta de dicha reclamación. Lo que viene a ser una "ejecución provisional" de una sentencia, que no es firme, por parte de la entidad (con el agravante de que no hablamos de un conflicto entre derechohabientes, sino de un proceso en el que la Sgae es la demandada, e interpuso, como no puede ser de otra manera, el correspondiente recurso ante esta decisión de la primera instancia).

El Consejo de Dirección, finalmente, ha aprobado hoy, por unanimidad, un procedimiento de anticipos que permita la estrategia de Pilar Jurado y Clifton Williams de cara a la Asamblea. Suya será la responsabilidad de las consecuencias que ello genere.

Ello supone, aparte de una incoherencia notable (que pudiera merecer alguna otra calificación), una irregularidad evidente en el procedimiento de concesión de anticipos (que, una vez más quieren endosar al consejo) y un claro abuso de posición dominante por parte de quienes estarían utilizando los medios de la entidad para captar voluntades.

Pero además, resulta que los "elegidos" para gozar de esta generosa prebenda, lo han sido "a dedo" y no son, naturalmente, todos los implicados en dicho reparto (no habría caja para ello a día de hoy, sin desatender a otras obligaciones financieras). Es decir, que habrían sido Pilar Jurado y su inseparable Clifton Williams quienes han decidido el listado de afortunados, teniendo en cuenta, seguramente, no solo su número particular de votos, sino también su "peso político", que se pondría a disposición del "oficialismo", a cambio de ver satisfechas sus demandas crematísticas. Estaríamos, por lo tanto, ante una concesión arbitraria (pues solo se aplicaría a unos cuantos elegidos, entre ellos, algunos consejeros), o, lo que es peor, manifiestamente motivada, aunque no según los criterios ortodoxos que regulan los anticipos de Sgae. Y todo ello con la bendición de un consejo de dirección, que podría, incluso, contar entre sus miembros con alguno de los candidatos a recibir tan atípico beneficio.


Ocurre, sin embargo, que uno de los socios que podría reclamar esos anticipos, según el criterio diseñado por Clifton Williams, pero que no fue informado de ello, ni recibió oferta alguna (tal vez por no considerarlo "captable"), enterado de este más que dudoso movimiento del "aparato" administrativo de la entidad, envió una carta incendiaria a la presidenta y a los consejeros, en la que denunciaba esta estrategia y advertía de sus posibles consecuencias, lo que dejaba claro en su párrafo final, al decir que "mediante la presente les apercibo de que, para el caso de que ustedes sigan adelante con su plan ideado para beneficiar económicamente a determinados miembros de la Junta Directiva de la SGAE (concretamente, del Colegio de Pequeño Derecho) y su entorno, mediante el pago a los mismos de varios millones de euros en el falsario concepto de “anticipo por reclamaciones”, se instarán inmediatamente las acciones judiciales correspondientes, y muy especialmente las penales derivadas de la posible comisión de delito societario, administración desleal y/o de corrupción en los negocios derivados de la toma del acuerdo programado por el Consejo de Dirección de la SGAE y su ejecución".


Naturalmente, el desconcierto se apoderó de los consejeros, y de la propia presidenta, que eliminó el punto en cuestión del orden del día del consejo, que se celebraba esta misma tarde (resulta sorprendente la capacidad de sumisión de unos consejeros a los que se cambia el orden del día, algo muy habitual en Pilar Jurado, con apenas unas horas de antelación a la reunión).

No habría, pues, anticipos extraños y la presidenta se retractaba de su temeraria estrategia.


El problema es que, con ello, Pilar Jurado perdía el apoyo, de cara a la asamblea, y puede que hasta algo más, de aquellos a quienes pretendía captar con su oferta financiera. Y no tardaron, además, en dejárselo muy claro, exigiendo que el punto volviese al orden del día y se aprobasen los anticipos previstos, independientemente de la fórmula utilizada para ello.

Obviamente, la presidenta tendría que ceder...


Y así fue, según nuestras noticias. El punto volvió a incluirse y el consejo debería pronunciarse esta tarde al respecto. Aunque parecía claro que habría que buscar otra fórmula para hacerlo, una vez que se había levantado la "liebre". De hecho, la prioridad durante la jornada ha sido buscar una fórmula que permita la concesión de los polémicos anticipos, evitando el riesgo de acciones como las anunciadas por el socio que les escribió esta mañana. Y como suele ser habitual en esta Sgae de Pilar Jurado, la rectificación supera al despropósito original...

Hace apenas unos minutos, he recibido un correo de la Secretaría General, en el que se nos informa de la decisión que, finalmente, ha tomado hoy el consejo de dirección sobre esta cuestión. Según nos dicen, "El Consejo de Dirección del día 15 de enero de 2020 ha aprobado por unanimidad un procedimiento de concesión de préstamos excepcionales, conforme al artículo II-235.2E del Reglamento de la SGAE, que podrán ser solicitados por miembros de la entidad afectados por el Auto despachando Ejecución Provisional dictado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 54 de Madrid de fecha 4 de octubre de 2019, sobre los derechos de autor repartidos en diciembre de 2017, y que pudieran tener derechos a su favor derivados de aquella".


En definitiva, lo único que han hecho es abrir a todos los afectados la oferta que pretendían limitar a unos pocos elegidos (entre ellos, algunos consejeros y miembros de la junta), una vez que su estrategia se ha desvelado.

Eso sí, desconocemos el contenido exacto de ese "procedimiento de concesión de préstamos excepcionales" que ha merecido la unanimidad de los consejeros esta tarde. Para saberlo hay que contactar con Clifton Williams, y él ya te dirá lo que estime oportuno. Pero, lo que está claro, es que, si todos los afectados por el reparto mencionado reclamasen, sería imposible atenderlos sin crear una tensión en la caja que pondría en peligro, incluso, los costes de gestión de la propia entidad (nóminas incluidas, probablemente). Claro que, lo previsto es que no ocurra, ya que es difícil que los socios, desinformados hasta esta tarde a última hora, puedan reaccionar a tiempo de presentar sus reclamaciones antes de la reunión del consejo de mañana, convocada hoy improvisadamente (más dietas para el buche) con el fin de, ya sí, conceder los anticipos concretos solicitados al amparo de este nuevo procedimiento, aprobado a medida de las circunstancias (y de algún que otro consejero). Las solicitudes de los "elegidos" están ya más que presentadas, naturalmente.


Lo que no explican es a título de qué harán los socios estas reclamaciones, toda vez que, no siendo "partes" personadas en el proceso en cuestión, no tienen la capacidad de solicitar ejecución provisional alguna.


Pero lo que sí conocemos es el artículo II-235.2E del Reglamento de la SGAE, en el que dicen basar el nuevo procedimiento que ha concitado el unánime entusiasmo de los consejeros esta tarde, y que dice:


- "Excepcionalmente, y de forma suficientemente motivada, el Consejo de Dirección podrá conceder peticiones que no reúnan los requisitos para la concesión y renovación de préstamos extraordinarios señalados en las letras A y C de este apartado".


Lo que está claro es que los consejeros ya nos demuestran que son plenamente conscientes de que se trata de un procedimiento que les permita mañana "conceder peticiones que no reúnan los requisitos para la concesión y renovación de préstamos extraordinarios señalados en las letras A y C de este apartado", eso sí, "Excepcionalmente, y de forma suficientemente motivada..."

Será interesante conocer los argumentos con que mañana pretenden justificar la concesión de unos anticipos que no cumplan las condiciones reglamentarias (la motivación ya la conocemos).

Concretamente podrán incumplir lo que dicen las letras A y C de ese mismo apartado.


Omitir los requisitos de la letra A supone que, por ejemplo, mañana podrán conceder anticipos que "superen los cien mil euros (100.000 €)", ignorando para ello, si fuera el caso, que "Los frutos y las rentas por derechos de autor del socio no deben estar sujetos a embargo o retención por orden judicial o administrativa", o que la cuenta del socio beneficiario pudiera presentar "un saldo negativo derivado de la amortización de un préstamo ordinario concedido con anterioridad".

Y lo que es más preocupante, tampoco necesariamente deberán ajustarse a lo establecido para la amortización, que exige que "el préstamo extraordinario concedido al solicitante se amortizará con cargo a todas las cantidades que, por cualquier modalidad de derechos (comunicación, reproducción, distribución y remuneración), le correspondan en virtud de las operaciones de reparto efectuadas por la SGAE", lo que abre la puerta a maravillosas posibilidades para los beneficiarios.


La omisión de la letra C permite, además, que no se tenga tampoco en cuenta la limitación que establece que "No podrá concederse un préstamo extraordinario mientras que el solicitante tenga otro préstamo ordinario pendiente de amortizar en su totalidad".


En definitiva, lo que han aprobado hoy los consejeros, todos ellos, es la posibilidad de conceder mañana los anticipos que estimen convenientes para los fines de la presidencia, sin limitación alguna, más allá de su criterio y razones. Todo ello, naturalmente, con nuestro dinero, porque no han explicado de dónde va a salir el dinero para atender a esta generosidad presidencial.


Sería bueno, en todo caso, que quien asesore mañana a los consejeros en esta cuestión, no olvide recordarles la existencia del artículo Artículo 235 bis. (Ingresos computables para el cálculo de los préstamos) que, seguramente no han considerado.


Esta burda opereta de Pilar Jurado le pasará factura, sin duda. Y también a todos los Consejeros que se han prestado hoy a ella, tanto los que se beneficiarán personalmente de esta burla a los socios, como a los que, con su complicidad, lo han permitido. Y no les servirá alegar desconocimiento o falta de preparación jurídica. Las actas (si es que llegan a existir) dirán lo que interese a Pilar Jurado y a sus asesores remunerados.

Más les valdría solicitar un informe vinculante y por escrito, que avale lo que ocurra mañana (y lo que ha ocurrido hoy), si no quieren llevarse algún susto...


Y no es lo único que han aprobado hoy. También pretenden disponer de casi 10 Millones de euros de los socios, quien sabe si para pagar estas cuentas.


Pero de eso hablaremos otro día...



José Miguel Fernández Sastrón

(15 de enero de 2020)







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